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Devolución de saldo Pensional

  • Foto del escritor: EmsocialCare
    EmsocialCare
  • 6 feb 2021
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 27 sept 2021

Consiste en que las personas afiliadas al régimen de ahorro individual no hayan cotizado el número mínimo de semanas exigidas, y no hayan acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo, tendrán derecho a la devolución del capital acumulado en su cuenta de ahorro individual, incluidos los rendimientos financieros y el valor del bono pensional, si a este hubiera lugar.


Igualmente tiene derecho la persona que se invalide sin cumplir con los requisitos para acceder a una pensión de invalidez, se le entregará la totalidad del saldo abonado en su cuenta individual de ahorro pensional.

 
 
 

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